La popularidad de las criptomonedas ha crecido de forma exponencial en España. Declarar correctamente estas operaciones resulta imprescindible para evitar sanciones y garantizar la tranquilidad fiscal.
En España, los criptoactivos se consideran activos y no monedas de curso legal, equiparándose su fiscalidad a la de otros bienes patrimoniales. Desde la entrada en vigor del Reglamento MiCA, existe mayor transparencia y obligación de reporte por parte de plataformas y entidades europeas.
La Agencia Tributaria ha reforzado su supervisión y exige trazabilidad exhaustiva de cada movimiento de criptomonedas.
Las principales figuras impositivas aplicables a criptoactivos son:
La base del ahorro para ganancias patrimoniales en IRPF se estructura así:
Para rendimientos por minería, staking, airdrops o lending, se aplican los tipos generales del IRPF (19% al 47%).
Para cumplir con Hacienda, debe completarse:
El plazo para el Modelo 721 va del 1 de enero al 31 de marzo del ejercicio siguiente.
Cualquier residente fiscal en España que haya realizado operaciones con cripto, incluso con beneficios mínimos, debe informar a Hacienda. No existe un mínimo exento específico para ganancias patrimoniales.
La excepción es si la suma de todos los rendimientos anuales no supera 1.000 €, en cuyo caso puede estar exento de presentar declaración.
La fórmula básica es: ganancia/pérdida = valor de venta – valor de compra – comisiones asociadas. Se emplea el método FIFO (PEPS) para determinar qué unidades se transmiten primero.
En los intercambios de cripto a cripto, también se genera un hecho imponible; se calcula la plusvalía según el valor de mercado en el momento del intercambio.
Tributan, entre otras:
Las retribuciones por staking, minería y airdrops se consideran rendimientos de capital mobiliario o actividades económicas.
Si el valor en exchanges extranjeros supera 50.000 € a 31 de diciembre, hay que presentar el Modelo 721. Aunque es informativo y no genera impuesto, su omisión puede acarrear sanciones superiores a 1.500 €.
En la declaración se detallan criptodivisas, tipo de operación, fechas de adquisición y transmisión, importes en euros (valor de mercado) y comisiones. Cada operación debe anotarse por separado.
Se recomienda anexar informes emitidos por softwares fiscales como CoinTracking, Koinly o Blockpit.
Es fundamental guardar justificantes de compra y venta, extractos de plataformas y cualquier registro que respalde los datos ante la Agencia Tributaria. Una correcta organización garantiza respuesta inmediata ante la Agencia en caso de inspección.
No declarar ganancias patrimoniales puede suponer sanciones del 50% al 150% de la cantidad no ingresada. Omisiones en el Modelo 721 pueden conllevar multas de más de 1.500 €.
Si obtienes 5.000 € de ganancia en trading, tributarás al 19%, pagando 950 € de IRPF. En un beneficio de 60.000 € aplicarás:
- 6.000 € al 19%: 1.140 €
- 44.000 € al 21%: 9.240 €
- 10.000 € al 23%: 2.300 €
Total: 12.680 €
La regulación MiCA ya está vigente, lo que implica mayor supervisión y reporte automático de operaciones. El uso de criptomonedas alcanza al 9% de la población española, presionando al alza la recaudación.
Hacienda ha incorporado nuevas casillas y modelos para mejorar el control de criptoactivos.
Para facilitar la declaración, existen herramientas y profesionales especializados:
Contar con asesoramiento adecuado y un sistema de registro riguroso convierte el proceso de declaración en una tarea sencilla y segura.
Referencias